sábado, 14 de marzo de 2015

Una pequeña aclaración política



  1. Estado, Nación, Estado de Derecho y Estado de Bienestar.
Estado: ordenación política, es decir, la ordenación de los habitantes (ciudadanos) de dicho Estado (región territorial y productiva independiente).
Estos ciudadanos se caracterizan por la residencia dentro del territorio del Estado (y la posesión por tanto de la “nacionalidad”, que demuestra la pertenencia a ese lugar).
Nación: la nación es la pertenencia a una comunidad por motivos naturales. En el Estado la pertenencia es administrativa. La nación se caracteriza por una unión social no limitada administrativamente, se comparte un sentimiento común entre todos los participantes (y normalmente se caracteriza por el nacimiento y crianza en un lugar determinado).
Estado de derecho: aplicación por parte del Estado de los derechos de igualdad, libertad e independencia a todos sus ciudadanos. Es decir, son unos límites que se aplican para limitar la autoridad del estado sobre sus ciudadanos (los derechos humanos).
Estado de bienestar: nace para contrarrestar al socialismo y comunismo de los países del Este. Y se compone de una serie de recursos que el Estado se encarga de cubrir (el Estado lo provee, pero no nos equivoquemos, no es gratis, es pagado con el dinero de los ciudadanos) una serie de necesidades de sus habitantes; como por ejemplo la introducción de Sistema Sanitario, pensiones (para permitir la jubilación de los habitantes más veteranos), seguros laborales y de vida, etc.
  1. Derechos humanos: noción, origen y por qué se caracterizan.
Los derechos humanos suponen la base del cambio de concepción de estado, y de la concepción de súbdito de un rey por la de ciudadano participante de un estado. Un estado liberal con derechos y deberes tanto civiles como políticos.
Los derechos humanos sientan principalmente ciertos conceptos básicos sobre las necesidades de los ciudadanos de un estado “incluyen derechos cuyo objeto es el trabajo, la vivienda, la educación, cultura, seguridad social, disfrute de prestaciones públicas y de unas condiciones mínimas de vida”.
En cuanto a su nacimiento hay que decir que se han ido produciendo pequeños avances en cada uno de los campos que éstos defienden a lo largo de la historia, lo que significa que han sido producto de una mayoría que ha luchado históricamente desde los inicios de la sociedad y de cualquier tipo de desigualdad que coarte la dignidad de las personas.
Teóricamente la primera declaración de derechos del hombre de la época moderna es la Declaración de Derechos de Virginia, escrita por George Mason y proclamada por la Convención de Virginia el 12 de junio de 1776. En gran medida influyó a Thomas Jefferson para la declaración de derechos humanos que se contiene en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, de 4 de julio de 1776. Ambos textos influyen en la francesa Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789; Y para el mundo en general se plasman en papel el 10 de diciembre de 1948, cuando la Declaración Universal de los Derechos Humanos fue adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), como respuesta a los horrores de la Segunda Guerra Mundial y como intento de sentar las bases del nuevo orden internacional que surgía tras el armisticio. Pero como he dicho previamente, es un proceso de larga duración histórica (que tiene su mayor impulso cuando las Revoluciones liberales y el pensamiento ilustrado), y muy importante, no es un proceso que esté jamás concluso o cerrado.
  1. Ciudadanía y modelos de ciudadanía.
“La ciudadanía es primariamente una relación política entre un individuo y una comunidad política, en virtud de la cual el individuo es miembro de pleno derecho de esa comunidad y le debe lealtad permanente. El estatuto de ciudadano es, en consecuencia, el reconocimiento oficial de la integración del individuo en la comunidad política, comunidad que desde los orígenes de la Modernidad cobra la forma de Estado nacional de derecho” (Adela Cortina, 1997).
Esta ciudadanía nace con el contrato social, cuando el ser humano pasa de ser un ser humano en libertad y se convierte en un ciudadano participante de una sociedad.
Ciudadanía política (porque es el ciudadano el que se encarga de realizar la política de esta sociedad, y no solo ello, sino que es quien decide el método que se va a emplear, buscando evitar la violencia empleando la mediación), ciudadanía social (supone la unión de un conjunto de ciudadanos), ciudadanía económica (la dependencia económica y el control del mercado por parte del estado influye en el reparto económico que se produce. A su vez un estado se cuantifica por la riqueza económica de sus ciudadanos), ciudadanía intercultural (al ser el estado una ordenación política y territorial reúne cantidad diferente y variable de distinciones tradicionales y culturales que conformarán unidas el valor cultural de ese estado), ciudadanía civil.
  1. Bibliografía

-   Derechos humanos. (2015, 6 de marzo). Wikipedia, La enciclopedia libre. Fecha de consulta: 17:29, marzo 9, 2015 desde http://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Derechos_humanos&oldid=80435407.
Cortina, A. (2009). “Ciudadanos del mundo. Hacia una teoría de la ciudadanía”. Madrid: Alianza Editorial, S.A.


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