lunes, 11 de mayo de 2015

Hablemos de las TIC en la educación



LAS TIC EN EDUCACIÓN: El caso de España


En este texto hablaremos del origen del discurso/paradigma de la educación por competencias y su relación con la sociedad de la información. Y pasaremos a centrarnos en cómo se ha ido incorporando esta educación por competencias en nuestra legislación educativa.

Para entender este tema debemos escoger una definición clara de lo que significa competencia. Nos vamos a apoyar en la empleada por Cecilia Braslavsky que la define como “un saber hacer con saber y con conciencia respecto del impacto de ese hacer” (es decir, ser consciente de nuestra actuación ergo asumir la responsabilidad de la misma). Es una definición de multitud posibles que se han dado, ya que es un término que aún no ha quedado claro ni definido por completo.
En el Decreto 54/2014 de Educación en Castilla la-Mancha se definen las competencias como “capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa, con el fin de lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos”.
¿Y qué son las competencias básicas?
Las competencias básicas se formulan para replantear el paradigma educativo por completo (provienen de una serie de iniciativas europeas que se materializan a principios de milenio, instaurando como novedades educativas estas competencias académicas, técnicas, genéricas y sociales como unos conocimientos que deben ser universales y transversales a todos los alumnos y materias que van a servir de base para el completo desarrollo de la persona adaptándose a la sociedad moderna; y para ser capaz a su vez de continuar esa persona el aprendizaje a lo largo de su vida), en España reciben el nombre de competencias básicas, pese a que en los informes europeos se formulan como competencias clave, y el significado de unas y otras varía debido a la terminología.
Metámonos más de lleno, el término competencia proviene del mundo económico para referirse a la cualificación para el trabajo. Es decir, se produce una mercantilización de los términos empleados en la escuela (educación por competencias = producto económico, este tipo de educación es un medio,  y este medio nos llevará a un fin económico, es por decirlo de alguna manera una inversión cultural y educativa con fines económicos); pero el nombre no se escoge aleatoriamente, la implantación de las competencias clave es realmente una forma de convertir a la escuela en un producto de la sociedad de mercado. La escuela se ha convertido en una base que prepara a los futuros trabajadores de una sociedad cada vez más global y en continuo cambio y desarrollo. Para conseguir este “ciudadano tipo” deseado por la sociedad de la comunicación y el mercado es necesario el desarrollo de las personas (alumnos) en ciertas áreas ya no solo referidas a los conocimientos académicos, se quiere dotar al alumno de unas destrezas sociales, individuales y de trabajo que le sirvan para estar en continuo desarrollo parejo a la sociedad.
La competencia “supone una integración de conocimientos, destrezas (habilidades) y actitudes”. Es decir, que la competencia cumple con una “dimensión cognitiva, dimensión instrumental y dimensión actitudinal trabajadas de forma práctica y creativa” (J. Valle, 2013). Resumiendo: suponen una formación completa para el educando, enfocada hacia sí mismo y realizada por él (con todos los recursos educativos como elementos de apoyo para el desempeño).
En cuanto al término clave (diferente de básica), quiere decir que este conocimiento es imprescindible, que este conocimiento supone un punto de partida sobre el que generar toda una red de conocimiento que nos sirve para desenvolvernos en la sociedad. En cuanto al término básica, significa un conocimiento, una competencia, que debe ser “suficiente” para desenvolvernos dentro del marco social y cultural que nos rodea (he ahí la diferencia entre competencias clave y competencias básicas; unas son la base que sirve para empezar el camino; las otras se supone que son suficientes).
¿A qué se debe este cambio educativo?
Pues bien, el fracaso en cuanto a la culturalización de las sociedades y el retraso de la escuela en materia de actualidad y realidad social exigen la necesidad de crear un marco educativo alejado de la discriminación, la marginación, etc. Y que se centra en los principios de equidad de conocimiento a todos los ciudadanos por igual que, se cree, nos hará participes directos de los cambios sociales y el desarrollo de la comunidad evitando como sucedía en el pasado un desfase entre el avance técnico-científico y la educación.
Pero, ¿de qué estamos hablando?
Este es un cuadro que reúne las competencias planteadas en Europa y en España (aunque cada Comunidad Autónoma tiene potestad para cambiar y especificar las competencias adaptándolas a su situación):
EUROPA
ESPAÑA
1.  Comunicación en lengua materna

Comunicación lingüística
2.  Comunicación en lenguas extranjeras
3.  Competencia matemática, científica y técnica
Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología
4.  Competencia digital
Competencia digital
5.  Aprender a aprender
Aprender a aprender
6.  Competencia cívica y social
Competencias sociales y cívicas
7.  Sentido emprendedor e iniciativa
Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor
8.  Sentido y expresión cultural
Conciencia y expresiones culturales

Como se puede observar las competencias en España son una adaptación casi literal de lo aplicado para toda Europa; y es que en España este tipo de educación por competencias llega tras la “recomendación” europea para aplicarla como un novedoso y mejor método. Y realmente en el caso de España supone un cambio drástico respecto a la educación tradicional, pero aun así, se suaviza el cambio por diversos motivos.
Estos motivos son, los discentes, los docentes, la comunidad educativa y los medios con los que se dota a la comunidad educativa, y de todos ellos son responsables los políticos.
En un primer momento, la reforma política incluye este nuevo sistema educativo, pero sin suponer un cambio drástico en la forma de tratar el contenido. Se aplicarán estas competencias simplemente como contenidos transversales a las materias ya establecidas (que se encargan a su vez, retroactivamente, de cumplir con las competencias establecidas). Esto se debe a que no se tiene un conocimiento real de lo que significa este tipo de educación, que no se conoce el camino para alcanzarla por parte de los encargados de la legislación educativa.
Esto se suma a la falta de recursos que se dota a la comunidad educativa y que no permite la formación de los docentes en materia de desarrollo y evolución educativa, es decir, a los maestros no se les proporciona el conocimiento ni la técnica suficiente para educar con este estilo de enseñanza basado en metodologías activas principalmente.
Y la falta de motivación en los alumnos, acostumbrados a ser guiados en el conocimiento de manera metódica y continua, ante el reto de enfrentarse ellos al contenido educativo y a su desarrollo de cara al futuro.
Todo ello ha desembocado en una mala aplicación de este modelo educativo completo que se viene arrastrando desde la LOE y que, lejos de corregirse, se agranda con la nueva reforma educativa LOMCE (pese a ambas centrarse en un modelo de evaluación por competencias como es el informe PISA elaborado por la OCDE; que es del mismo modo cuestionable, ya que una formación económica no está muy capacitada para meterse en materia educativa).
¿Cómo se relacionan las TIC con esta educación por competencias?
Nacen completamente ligadas la una de la otra, y es que probablemente no se hubiese aplicado este modelo educativo de no ser por el avance tecnológico que se ha producido en las últimas décadas que nos ha llevado a replantearnos el paradigma ya no educativo, sino científico y social.
La tecnología para la educación ha sido el paso más grande que se ha dado desde la escritura para la conservación del conocimiento. Ya que sirve para dar acceso a todo el mundo (igualitario, no equitativo, ya que internet y esta tecnología no es gratuita) a un conocimiento general y total de la especia humana, debido a que conecta el conocimiento de todas las personas y lo pone a disposición del resto con el simple acceso tecnológico.
Debido a esto, se malinterpreta la educación para una sociedad en continuo desarrollo como el simple hecho de dotar de tecnología a los alumnos y sus familias para que ya ellos tengan acceso a la cultura. Esto no es así de simple, para tener acceso a toda esta cultura es necesario un nivel del que partir, un apoyo inicial de base que nos sirva para poder emplear la tecnología a nuestro antojo. Estoy hablando de que es el profesor de quién se espera que eduque a los ciudadanos para poder acceder al conocimiento a lo largo de su vida, el acceso no está completo si no hay un conocimiento inicial que nos ayude a alcanzarlo.
Por tanto, esta educación digital y tecnológica se va a emplear como un conocimiento transversal (clave) en educación. Una competencia va a ser la que exija la implicación educativa para permitir a los alumnos la continuidad en el aprendizaje por medio de la tecnología.
Y las bases para conseguirlo es la ya planteada dotación tecnológica al alumnado y la formación docente centrada en el empleo de este material (hasta ahora poco trabajada).
BIBLIOGRAFÍA
-    Decreto Nº132. Decreto 54/2014, de 10/07/2014, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla la-Mancha, Toledo, España.
-    Valle, J. & Manso, J. (2013). Competencias clave como tendencia política educativa supranacional de la Unión Europea. Revista de educación, Extraordinario, 12-33.

lunes, 27 de abril de 2015

¿Por qué la UCLM no salimos...? Dejo esta pregunta abierta para la reflexión personal

http://www.expansion.com/sociedad/2015/03/16/5506dc5eca4741fc538b4571.html?cid=SIN8901

lunes, 20 de abril de 2015

Reflexión sobre la relación entre escuela y familia (aoyo en el artículo de Feito, 2010)

¿Cómo son las familias? ¿Cómo funcionan?
Un estudio de la FAD (2002), Fundación de Ayuda contra la Drogadicción, distingue entre varios tipos (que nos pueden servir, como a Feito en el texto que citaremos reiteradamente de 2010, para hacer una primera distinción de acuerdo a la relación y conexiones que se establecen entre los miembros):
a.  Familia familiarista/ endogámica. Un núcleo familiar unido con relación fluida entre integrantes, se opta por un modelo de convivencia y no de simple coexistencia en el hábitat. Es autosuficiente.
b.  Familia conflictiva. Hay valores y normas establecidos, impuestos por una autoridad. Se puede atender a las normas o se producirá un conflicto.
c.  Familia nominal. Hay una coexistencia, unos se soportan a otros.
d.  Familia adaptativa. Existe una sana convivencia entre los miembros de la familia, y a su vez, una buen interacción con el exterior.
En su mayor parte, en España, las familias son nominales. Lo que desde el punto de vista social de la educación se interpreta fácilmente como uno de los problemas principales a la hora de establecer relaciones entre familia y escuela.
Es muy difícil, casi imposible, establecer cualquier tipo de relación que concierna (y se base en…) a la educación de unos “compañeros” (porque son más compañeros que familiares, ya que solo son familiares biológicamente hablando) con los que realmente no tienes un contacto establecido (no hay un vínculo afectivo establecido de forma recíproca) y por tanto que no te interesan en tu día a día.
Pero todo tiene su parte buena, y es que cada vez la que hemos llamado “familia adaptativa” es más común. Inspirada en un mundo cada vez más globalizado y democratizado, el peso de todos dentro del núcleo cuenta por igual, y el interés por todo lo que afecte a la familia de uno u otro modo es compartido entre todos los miembros. Esto aplicado al ámbito escolar se traduce en una colaboración y un seguimiento directo en las tareas escolares y en el desarrollo del conocimiento, habilidades, capacidades y aptitudes de la hija/alumna (hijo/alumno); y a su vez el interés de estos para que sus padres participen, colaboren e interactúen con escuela y discentes para un desarrollo más completo.
En cuanto a la escuela…
Tal y como brevemente nos cuenta Feito (2010) en su artículo Educación y futuro, la escuela surge hace ciertamente poco tiempo, en los inicios de la modernidad, como un elemento de la sociedad que se debe emplear para evitar la aparición de llamémosle “ignorancia” y falta de sentido crítico. Nace como un lugar donde la educación se aleja de otras áreas de la vida (como pueden ser creencias religiosas y políticas), y centrada en el conocimiento.
Es decir, la escuela nace en contrapoición con las funciones que siempre había cumplido la familia, las funciones de dotar una educación, cultura y valores a unos hijos. Pero con un fin bueno, el laicismo en todas las áreas.
Como también nos explica Feito, la escuela, desde su creación, va a carecer de un carácter integrador para todos. Ya que, en su creación se plantea durante largo tiempo como un lugar que acogía y representaba únicamente a una facción social, la burguesía que se alzó con el poder tras el cambio de Régimen social.
Y es que no ha sido hasta hace muy poco tiempo que la mujer, las clases trabajadoras y las minorías étnicas no han tenido acceso a la educación. Y más se produce esto en el caso de España, que tras la Guerra Civil, la Segunda Guerra Mundial y el posterior régimen político, dedicó sus esfuerzos a reproducir una estratificación social que beneficiase al poder, dando por tanto acceso al conocimiento (a la educación en la escuela) solo a quienes poseían los recursos previamente. Recordemos que estamos hablando de que hasta la reforma educativa de 1970 esto era la nota dominante; y que no es hasta la LOGSE (1991, algunos de nosotros estábamos a punto de nacer o ya nacidos) cuando la situación da un giro, un giro hacia asegurar una educación mínima y una estancia mínima escolar hasta los 16 años que garantiza, como poco, una mejor cualificación de las personas para afrontar un futuro en sociedad.
¿A qué se debe este cambio? La exigencias de una sociedad que se va desarrollando hacia la necesidad de profesionales más cualificados (y un mercado de trabajo que se inicia a los 16 años) principalmente. Pero también a las exigencias de las familias para que sus hijos alcancen un nivel más alto de conocimiento, y con ello una “supuesta” mejor calidad de vida y empleo.
El valor que se da a la educación aumenta progresivamente, cada vez son más padres de clases trabajadoras los que ven necesaria esta formación en la escuela, y sobre todo los trabajos que trae consigo el estudio en estos centros.
Además, los padres que han alcanzado cierto nivel de profesionalidad, conocimiento y estudio (cuyos hijos parten con mayor capital cultural, que les ayuda a conseguir grandes resultados en el sistema educativo) empiezan a tomar parte en temas relativos a la educación en centros escolares, es decir, la familia empieza a tomar parte en la escuela (aunque, como en el tema anterior, es la clase más pudiente, y con mayor capital y acceso cultural, la que toma parte en función de sus intereses más personales).
El mercado de trabajo, ha sido otra de las cosas que han influido en el abandono del estudio o el poco valor que se le ha dado (menos en las ciudades que en los pueblos, porque las ciudades en el siglo XX ya se dedican principalmente al sector servicios), siendo muy fácil al principio acceder a puestos de trabajo duros pero con gran remuneración y que no requieren de una capacitación de conocimientos y/o estudios.
Es decir, hubo un tiempo, alargado incluso hasta nuestros días, en los que ciertos trabajos, que no requieren un estudio en escuela, consiguen una remuneración económica rápida y dicta mucho más alta a lo que se consigue tras años de estudio en un trabajo que requiere formación como puede ser la docencia.
¿Colaboración entre familia y escuela?
Sí, es deseable. Sí, es posible.
En España se produce un hecho de gran importancia en este aspecto y es la mala valoración, tanto por parte de la sociedad como por parte de la familia, del profesorado.
Pese a ser profesionales cualificados y con cultura, al dedicarse a valorar y calificar el trabajo y el avance de sus hijos (que no siempre es positivo); y a exigir de ellos el máximo posible que se pueda alcanzar. Por lo tanto, en ciertas ocasiones, puede ser una tarea desagradable que hace o crea una tensión con el discente y por extensión con la familia, que muchas veces tiene recelos del método de trabajo del docente (y que siempre, siempre “está cualificada” para poner en duda las actuaciones de este. Que no digo con esto, que el docente lleve siempre la razón, muchos casos hay que reflejan la realidad dispar).
Por lo tanto, el sistema educativo, para quién no lo valora lo suficiente o a quién le cuesta conseguir cierto éxito (conseguir el acreditamiento de superación de niveles educativos) puede llegar a convertirse en un calvario, o un adversario contra el que hay muchas reticencias.
Pero, citando a Feito (2010) “sin embargo, tanto la opinión pública general como los padres y madres en particular tienen en alta estima la labor del profesorado”. Esto, se ha podido observar cada vez más en la sociedad, en general, el valor que se le da a la escolarización en general es mayor (aunque no hay reticencias a la hora de criticarla tampoco). Pero es un avance que se va consiguiendo poco a poco, y es un plano en el que estamos muy lejos si se nos compara con otros países (con sociedades no tan diferentes en lo general en este mundo cada vez más global) como Finlandia o los países nórdicos.
¿La educación a cargo del Estado?
Hace poco, en un capítulo de The Simpsons vi cómo los dos padres de familia de la serie (Homer y Marge) celebran como si de un cumpleaños se tratase el primer día de clase del curso; acompañaron esa celebración con la frase “hoy celebramos que sois cargo del Estado”.
Es verdad que la educación se facilita, y así debe ser, por el Estado. Pero esto no significa más que, que es el Estado quién por la vía pública nos facilita la escolarización de los hijos e hijas (habitantes en edad escolar) de nuestro territorio (y nacionalidad, ya que en el extranjero también se produce) para completar la educación de los futuros habitantes del país (y del mundo) por medio de unos profesionales capacitados y unas infraestructuras preparadas para sacar el mayor partido del potencial del alumnado.
Que difiere mucho de la idea que tienen algunos padres de la escuela = guardería. Es decir, ven la escuela como un lugar en el que deshacerse de sus hijos (y deshacerse de la responsabilidad de hacerse cargo de u educación y de tomar parte en ella).
Este está siendo un punto de lucha actual parcialmente solventado, ya que cada vez se produce más contacto entre docentes y familias. Aunque, hay que seguir trabajando en ello, ya que muchas veces la comunicación no es correcta o es insuficiente (lo que se puede deber a muchos factores, que van desde la falta de interés por alguna de las dos partes, o los problemas a los que se enfrentan los orientadores y docentes españoles ante la sobrecarga de alumnos que evitan que haya un trato más personal entre ellos que facilitaría la unión entre la escuela, el docente y la familia como un uno con un mimo fin común).
Y es que todo lo que suceda en la familia tiene repercusión en el rendimiento escolar y en el comportamiento de cada alumno.
Como he mencionado con anterioridad, el capital cultural con el que parte un alumno al iniciar sus estudios y el acceso que tiene a este, facilitado por su herencia cultural y educativa familiar, le facilitará a este alumno el éxito o el fracaso en el sistema educativo.
Y por tanto, los problemas y situaciones familiares desfavorables van a ser un elemento fundamental a la hora de valorar y evaluar las actuaciones de los alumnos en diversas situaciones escolares.
Una frase que me chocó (y quise dar mi opinión personal) al leer el texto de Feito en el que me apoyo para divagar es esta:
¿“La existencia de la educación infantil se hace equivaler a la deserción educativa de los padres” (Feito, 2010)? La respuesta puede ser peligrosa y la opinión personal. En mi opinión, sí, la educación infantil se asemeja mucho al desinterés de los padres por la educación de sus hijos, pero por otra case es fácil de entender que suceda esta escolarización.
Por una parte, los horarios laborales y el sistema de trabajo requieren un tiempo a los padres que en muchos casos dificulta el que estos puedan dedicarse enteramente a sus hijos durante periodos alternantes de tiempo. Por tanto, las escuelas infantiles y la educación preescolar suponen un apoyo útil tanto en materia de tiempo como para proporcionar (no olvidemos que es por medio de profesionales bien cualificados) la educación más adecuada y deseada.
Pero por otra parte, en sistemas educativos como los de los países nórdicos (que mencioné con anterioridad) la escolarización no se realiza hasta los 6 años (hay posibilidad y casos de anterior escolarización, pero no es la nota dominante), y en este tiempo es la familia la que proporciona al niño todo el desarrollo y educación que este necesita. Y como ha quedado demostrado es un método que consigue grandes resultados.
Aunque también hay que contar con que en estos países la colaboración entre familia y escuela y su relación es mucho más cercana, fuerte y continua que en el caso de España. Lo que favorece que tras este periodo de seis años no se produzca una ruptura total (como sucede en España) para el niño en su forma de vida, sino que sea un paso progresivo. 
Y otra diferencia importante entre estos dos tipos de educación, que el sistema educativo español tiene una gran carga de diversidad étnica y cultural debida a la inmigración que se produce a nuestro país.
Esta multiculturalidad supone una vuelta de hoja a la forma de trabajar con las familias de cultura tradicional española y europea. Ya que sus culturas y tradiciones son muy diferentes, y hay que respetarlas, pero también tienen ellas que respetar el sistema educativo llevado aquí. Que es realmente el principal problema, ya que continuamente surgen casos de asignaturas que, por creencias o simplemente por ser una cultura más cerrada o reservada, son abandonadas o no son cursadas por estos estudiantes que no ven completa su formación debido a las exigencias del núcleo familiar que choca de bruces con un sistema educativo más digámosle abierto.
Relación padres (familia) – escuela
Una de las cosas que no me había parado a pensar hasta leerlo recientemente es en que la participación familiar en lo referente al centro e incluso en lo referente a la educación en general se produce en la medida en que estos familiares son padres progenitores, y no en su valor como ciudadanos partícipes en el sistema económico del Estado de Bienestar que es el verdadero proveedor (por medio del Estado) de la Escuela.
Y es algo a tener en cuenta, porque a todos los ciudadanos no se nos tiene en cuenta en la misma medida (dudo que incluso se llegue a tener realmente en cuenta a un ciudadano que no sea padre partícipe en un centro) a la hora de tomar las decisiones de los centros educativos públicos. Es decir, no podemos tener parte de responsabilidad en las decisiones que se toman sobre el rumbo de la educación pública. Limitando así nuestro margen de actuación como ciudadanos a la mera elección electoral de gobierno y, con suerte, a referéndums realizados por este gobierno.

CONCLUSIÓN, responsable de la educación la familia o el centro.
Como he estado exponiendo (opiniones personales aderezadas con algún dato científico que sirve para explicar el desarrollo de este tema) la educación es un valor conjunto de toda la sociedad. Y es potestad tanto del Estado como de la Familia el hacerse cargo y tomar parte activa de la educación de los futuros ciudadanos. La cuestión principal que deberíamos abordar en el futuro es dónde se encuentran los límites del Estado y los límites de la Familia para interferir en la educación que se le aporta al hijo/ alumno. Pues bien, en una opinión personal (quizás utópica, quizás realista), los límites han de desaparecer (y hacia ello estamos caminando y construyendo muy poco a poco en estos últimos años, pero sin pausa), y la educación va a ser un terreno en el que familia y escuela pasan de cooperar a complementarse, y de esto pasan a ser un único ser dedicado a un fin común a ambos.
Lo único que actualmente frena este desarrollo son: por una parte la mentalidad tradicional que impera en la sociedad y el conflicto que ya hemos hablado sobre las responsabilidades educativas de familia y las que conciernen a la escuela; y por otra parte la normativa legal, que actualmente frena este desarrollo dotando de mayor potestad en educación a los docentes frente a unos padres que ven menor su participación y responsabilidad (que por otro lado es de entender, ya que los docentes son profesionales preparados, y que los padres no tienen tanto tiempo como fuese deseado y necesario para participar en un nivel equitativo). Y es que no estoy hablando de igualdad entre ambos, estoy hablando de que es necesaria una mayor libertad en materia educativa para los centros, los docentes y las familias a la hora de participar y crear la educación deseada; evitando la imposición de conocimiento y de una estructura y dotando de completa libertad pedagógica que permita a su vez el acercamiento de la familia al contexto educativo.

BIBLIOGRAFÍA:
Feito Alonso, R. (2010. Familias y escuela. Las razones de un desencuentro. Educación y futuro: revista de investigación aplicada y experiencias educativas,  Nº. 22, págs. 87-108. ISSN 1576-5199


lunes, 23 de marzo de 2015

La política; política educativa. España



1.  La jerarquía de las distintas leyes en España y en qué radica las diferencias entre ellas.
·         Todas ellas con la condición de que “carecen de validez las disposiciones que contradigan otras de rango superior”.
1.  La Constitución es la Norma suprema del ordenamiento jurídico español y por la que se regula toda la compleja interrelación entre las diferentes normas.
2.  Los Tratados Internacionales, en los que se incluye el Derecho de la Unión Europea y otros reglamentos internacionales.
3.  Las leyes promulgadas por las Cortes (Parlamento y Senado), que son la fuente básica del Derecho de Estado y que se dividen en dos:
a.  Leyes Orgánicas: Es un determinado tipo de ley que requiere la aprobación, por mayoría absoluta, del Congreso de los Diputados. Entre ellas podemos destacar las leyes de educación (LOGSE, LOE, LOMCE…).
b.  Leyes ordinarias: No necesitan mayoría absoluta para su aprobación en el Congreso de los Diputados. Por ejemplo, la Ley de Propiedad Intelectual.
4.  Las normas reglamentarias con rango de ley como el Real Decreto Ley y el Real Decreto Legislativo. Los Reales Decreto Ley se diferencias de las leyes en que están promulgadas por el Gobierno y no por el Parlamento. La diferencia entre ellas y las siguientes es que el Real Decreto Ley se dicta por el Gobierno en caso de extrema y urgente necesidad.
5.  Los reglamentos como los Reales Decretos, las Órdenes de las Comisiones Delegadas de Gobierno, las Órdenes Ministeriales, etc.
6.  Las leyes y los reglamentos de las Comunidades Autónomas, que aunque estén en esta posición, la relación entre las normas autonómicas y las estatales depende de las competencias de cada una en los diferentes temas.

2.  La estructura de las leyes en España.
La estructura de las leyes en España es una convención, y dependen normalmente de la extensión de la ley (se divide para hacerse más comprensible). La estructura común es esta:
-    Los libros (exclusivamente utilizados para leyes muy extensas, como Códigos Civiles, tienen cierto carácter excepcional. Se numeran en números ordinales y se titulan igual que las leyes comunes, pero antes de la coma del nombre llevarán un espacio entre comas para indicar a qué libro pertenecen).
-    El título (se elabora empezando por la palabra “Ley”, a continuación el número ordinal que le corresponda de manera consecutiva, una barra separadora y a continuación el año correspondiente. A continuación una coma y la fecha de promulgación de la ley; al final, otra coma, el título de la ley, que debe, además, representar brevemente el contenido de la ley).
-    Los capítulos (son una subdivisión de la ley. Cada uno tiene un contenido unitario. Se enumeran con números romanos y cada capítulo va titulado).
-    Las secciones (la siguiente subdivisión de las leyes. Se enumeran de modo ordinal y también deben ir tituladas).
-    Los artículos (son las unidades básicas de la ley. Cada uno contiene el tratamiento homogéneo de un único concepto o aspecto normativo. Están numerados consecutivamente y no deben ser excesivamente largos, lo más breves posible. Deben ir titulados y el título debe ser breve y enunciar el contenido de manera suficiente, para facilitar la búsqueda. El título del artículo se sitúa a continuación del número del artículo. El número y el título del artículo se sitúan por encima del texto del artículo.
-    Los apartados (subdivisión de los artículos. Van numerados con números cardinales consecutivamente).
-    Las letras (subdivisiones de los apartados o directamente de los artículos. Se utiliza para detallar elementos diversos, estableces un procedimiento, etc.).
-    La parte final de la ley: compuesta por disposiciones adicionales  (que contienen regímenes jurídicos especiales, de cualquier carácter. Deben contenerse en ellas también los mandatos no referidos a la producción de normas), disposiciones transitorias (tienen como objetivo facilitar el tránsito entre la norma antigua y la norma nueva. Establecen, por tanto, el régimen jurídico aplicable a situaciones jurídicas generadas al amparo de la legislación que deroga la nueva ley y que subsisten a la entrada en vigor de la nueva ley. Pueden, por tanto, estableces la pervivencia de la ley derogada o la aplicación retroactiva de la nueva ley), las disposiciones derogatorias (aquellas que derogan alguna norma jurídica vigente), las disposiciones finales (normas que establecen el mandato de aprobación de otras normas jurídicas, los reglamentos, para desarrollar la ley).
-    Anexos (contienen estadísticas, fórmulas matemáticas, gráficos, etc. Los anexos deben ir titulados y si hay más de uno, numerados. Es, además, importante que en el artículo del que tratan se haga remisión al anexo).

3.  El proceso de elaboración de las leyes (proceso legislativo).
La ley nace mediante una proposición de ley presentada por el órgano del Estado que es competente para ello, es decir, que tiene facultades de iniciativa.
Estos órganos con iniciativa reconocida por la Constitución para la proposición de las leyes que hayan de elaborarse, son el Gobierno, el Congreso de los diputados y el Senado. Lay ley reconoce también la validez de la iniciativa popular, exigiendo para ello la aportación de al menos 500.000 firmas acreditadas. Esta iniciativa popular, recogida por la Constitución, podrá darse en cualquiera de las materias legales, salvo en materias que sean exclusivas de las leyes orgánicas.
El gobierno ejerce su iniciativa legislativa mediante proyectos de ley, que, previa aprobación del Consejo de Ministros, se remiten a las Cortes para que estas las promulguen.
Entregado por el Gobierno el proyecto de ley, el presidente de las Cortes ordenará su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes, teniendo los diputados y los grupos parlamentarios un plazo de quince días para presentar enmiendas a dicho proyecto de ley. Estas enmiendas, que podrán ser a la totalidad del proyecto o bien al articulado del mismo, habrán de ser debatidas por la comisión correspondiente, que entregará al Congreso un dictamen sobre las mismas.
Así pues, una vez debatido el proyecto de ley en comisión, pasa al Pleno del Congreso para su discusión y su aprobación.
El texto aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados pasa al Senado, el cual, en el plazo de dos meses, podrá o bien aprobarlo tal como llega del Congreso, a vetarlo, o introducir las enmiendas que considere pertinentes. Este proyecto de ley no será sancionado hasta que el Congreso ratifique el texto, o se pronuncie sobre las enmiendas introducidas por el Senado.
El rey, en el plazo de quince días, habrá de sancionar las leyes que le hayan sido remitidas por las Cortes, mandando su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
4.  Políticas públicas y política educativa. Cómo analizar la política educativa.
La política educativa, como todo los que incluye la palabra política a día de hoy solo tiene dos formas de ser valorada y de ser vista. El blanco y el negro que se enfundan en el papel de los dos históricos bandos políticos enfrentados por sus ideales. Más allá de esto es difícil pensar en términos intermedios acerca de lo que respecta al ámbito educativo, y es que ¿de verdad existe tal término medio?, o, ¿tienen razón los que ven cómo una cosa es opuesta a la otra y no hay término medio que se identifique con ambas?
Se puede observar esto a lo que me refiero solo con volver la cabeza para atrás y mirar la historia de nuestro pasado educativo. Su formación y los porqués de ésta; su continuo desarrollo, ligado a políticas en favor de la privatización y reproducción de un modelo social imperante, que utilizan la escuela como un medio para lograr esto, su fin. Que han demostrado fracasar a lo largo de los años, pues el pueblo siempre ha sabido cuándo se le ha ignorado, cuando se le ha dado la espalda y cuando se le ha insultado.
Pero por igual, las políticas más de “izquierdas”, mejor llamémoslas más igualitarias se han visto abocadas al fracaso, pues económicamente son poco rentables y es prácticamente imposible cumplirlas en su totalidad, y en caso de cumplirlas limitan y reducen las libertades de los ciudadanos en su capacidad de decisión (aunque esto es cuestionable, ya que la educación es lo que al fin y al cabo nos hace libres, el conocimiento nos libera de la alienación, de la opresión a la que fácilmente se nos puede guiar debido a nuestra incultura).
Y luego, ha habido, claro está intentos como los del PSOE de realizar muchas veces una política centrada a recoger las preocupaciones de todos; decididos a respetar algunas de las decisiones de la derecha, y a la par preocupados por lo que el pueblo ha necesitado y ha exigido para el sistema educativo; han creado leyes educativas (que, todo hay que decirlo, han sido las más acertadas hasta la época) que en su búsqueda de mantener a todos contentos, de encontrar un equilibrio lo único conseguido es el desagrado de todos. Por ejemplo, en materia de religión se vieron en una encrucijada (el debate de si la religión debe impartirse en la escuela pública o no; y su posterior debate de si hacerla obligatoria u optativa) que deja insatisfechos a unos y otros.
¿Se ha alcanzado a día de hoy la libertad de oportunidades? ¿En qué punto estamos? ¿Cómo está nuestro sistema educativo a día de hoy? ¿Hacia qué sociedad nos va a llevar?
Bueno, pues una vez más estas preguntas se pueden responder desde dos perspectivas muy claras. La mía, es la de que una sociedad como la nuestra es la que (debido a su atraso en casi todo) más necesita un sistema educativo equitativo (que desemboca en igualdad; no un sistema igualitario que desemboca en desigualdad), liberalizador pero no de libre elección, que nos permita a todos optar a lo mismo, evitando la podredumbre a la que nos lleva el apoyar la privatización (educación privada y la iglesia); porque si seguimos así, y vamos a seguir, acabamos reproduciendo el sistema social, una y otra vez, creo que ya hemos perdido muchos años en tonterías…y aun así, vamos a perder más si todo sigue como parece.


5.  Bibliografía
Pérez Siuraneta, D. (2003). “El abogado en casa”. Consell de Cent (Barcelona): De Vecchi, S.A.
Bufete Rosales José Plaza. (2014). La jerarquía de las normas jurídicas en España. 16 Julio 2014 11:55, de Bufete Rosales José Plaza Sitio web: http://www.bufeterosales.es/blog/noticia/la-jerarquia-de-las-normas-juridicas-en-espana
Pau i Vall, F. (2009). Estructura de las leyes en España. Revista Debate, (3)16, 12-20.
Bonal, X. (1998). La política educativa: dimensiones de un proceso de transformación (1976-1996). En Políticas públicas en España. Contenidos, redes de actores y niveles de gobierno (153-175). Barcelona: Ariel S.A.